TRADUCCIÓN OFICIAL
La traducción tiene que ser oficial (jurada o autorizada) cuando es necesario que la traducción de un documento, por ejemplo de una acta de matrimonio, sea legalmente válida, visto que deberá presentarse a las autoridades de algún país.
Una traducción jurada que sale del país, para ser presentada a las autoridades de un país extranjero, debe ir acompañada por la apostilla de La Haya, cuando el país de origen es un país miembro de la Convención de La Haya. Al no ser así, las formalidades de legislación deben consultarse acerca de las autoridades competentes, en principio de las embajadas y los consulares.
Además de las autoridades, instituciones de enseñanza y empleadores a veces piden que las traducciones de los certificados de los estudios anteriores sean oficiales.
Es posible hacer la traducción a partir de una versión escaneada del certificado original que se envía por el Internet. En ese caso recuerde escanear también el reverso del certificado. Las apostillas de los documentos originales no se incluyen en el cálculo del precio de la traducción porque no hace falta traducirlas, solo se mencionan en la traducción. Los demás sellos y certificados de legislación, sí se cuentan. La traducción suele estar lista al cabo de una semana después del pedido.